REGISTRO CIVIL ELIMINA APOSTILLA PARA EL REGISTRO DE NACIDOS EN EL EXTRANJERO

Tamasopo. – La titular del Registro Civil Municipal, Karla Andrea Rodríguez Arteaga, dio a conocer un importante avance legal que beneficiará a cientos de familias mexicanas: ya no será necesaria la apostilla para registrar a niñas y niños nacidos en el extranjero de padres mexicanos.
Rodríguez Arteaga informó que, a partir del lunes 30 de junio de 2025, mediante una Edición Extraordinaria del Periódico Oficial del Estado, se publicó el Decreto 0222, que adiciona el artículo 154 de la Ley del Registro Civil del Estado de San Luis Potosí. Esta reforma elimina la necesidad de legalización consular o apostilla para documentos de nacimiento emitidos en el extranjero cuando al menos uno de los padres sea de nacionalidad mexicana.
La funcionaria explicó que, con esta modificación, bastará con presentar el certificado de nacimiento extranjero y el acta de nacimiento original del padre o madre mexicano para llevar a cabo el registro del menor. Esto permitirá acreditar su identidad y reconocer de forma inmediata su nacionalidad mexicana, conforme a los artículos 314 y tercer párrafo del artículo 1144 del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares.
Rodríguez Arteaga destacó que esta medida representa un paso significativo en la garantía de derechos para niñas y niños nacidos fuera del país, cuyos padres son mexicanos o migrantes en retorno. “La supresión de la apostilla elimina obstáculos e impedimentos administrativos que dificultaban el acceso a la identidad legal en México”, subrayó.
Esta reforma facilitará que más menores puedan acceder a los derechos y servicios que otorga el Estado mexicano, fortaleciendo así la inclusión y la certeza jurídica para las familias migrantes.